En fecha 14 de enero de 2020, este Juzgado de Sustanciación dicto sentencia mediante el cual acordó: 1. COMPETENTE al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la presente causa. 2. ADMITIÓ la presente demanda; 3. ORDENÓ notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI) y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, 4. INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República; 5. ORDENÓ solicitar el expediente administrativo de la presente causa a la OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI); 6. ORDENÓ remitir el presente expediente al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, una vez consten en autos las resultas de las notificaciones libradas, y haya transcurrido el lapso establecido en e.....