Por todos los argumentos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Falcón, con sede en Coro, impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud fiscal y CON LUGAR la solicitud de la defensa y en consecuencia se le impone a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 582 literal "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se les obliga a someterse al cuidado y vigilancia de sus representantes legales, quienes presentes en sala se constituye la custodia, comprometiéndose a someterlos al proceso, por estar presuntamente incurso en el hecho punible que ha precalificado el Ministerio Público como ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION, tipificado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para.....