Este Tribunal decreta PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: CARLOS MARIO RAMIREZ, Colombiano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N°. 75.063.804, nacido en fecha: 26/05/71, comerciante, residenciado en Puerto La Cruz, Edif.. Palo Grande, detrás de ÉXITO, piso 5, apto. 2B Estado Anzoátegui, JORGE NELSON GUERRERO RAMIREZ, Colombiano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N°. 13.852.846, nacido en fecha: 23/02/81, conductor, residenciado en la Villa, vía hacia Mariguitar Estado Sucre, por su presunta participación en los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTACIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y a este último adicionalmente por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, y a los ciudadanos VIDAL RAMIREZ RAVELO, Colombiano, de 42 edad, titular de la cédula de identidad.....