DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadanoJOSE ALVARO VALERO REINOZA, venezolano, de 52 años de edad, soltero, natural de Mérida, Titular de la cédula de identidad N° 3.767.981, residenciado en la Torre Riyal, piso N° 05, Apto. N° 54, los Teques, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución Nacional, 8, 9, y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Remitase las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Quedando notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Líbrándose la Correspondiente Boleta de Libertad. Cúmplase.-
ABG. YANYS MATHEUS SUAREZ
LA JUEZ .....