éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión de Punto Fijo, procede a decretar a favor del penado Juan Enrique Cocom Amaya: venezolano, Titular de la cédula de identidad número 7.240.070, Fecha de Nacimiento: 20/12/1960, de 45 años de edad, Profesión u oficio: obrero, estado civil: soltero, natural de Punto Fijo estado Falcón, tercer año de bachillerato como grado de Instrucción, residenciado en Calle Peninsular, número 27, frente a COCEIMPA; hijo (a) de Leonido Cocom Amaya y Julia Amaya, la pena principal impuesta de un (01) año, cuatro (04) meses y quince (15) días de prisión, CUMPLIDA, de conformidad todo ello con lo preceptuado en el numeral 5 del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide. En cuanto a la pena accesoria impuesta de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 numeral 2° del .....