Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el escrito de Transacción, presentado por el Abogado ILDEFONSO IFILL PINO, inscrito en el Inpreabogado bajo los N°.18.840, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadano MARCOS ANTONIO SCHAFER SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.091.579, y el Abogado RONNY JOSÉ MORÁN GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 17.854.635 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 238.704, actuando en su propio nombre y representación, y acuerdan tenerla como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimient.....