Por lo antes indicado, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público y en consecuencia, Decreta la Detención Judicial para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar del adolescente XXXXXXXXX, venezolano; de 17 años de edad; natural de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; nacido en fecha 09/06/88; soltero; indocumentado; hijo de XXXXXXXX y XXXXXXX, residenciado XXXXXXXX; con fundamento en los artículos 559 y 628 de la LOPNA; por la presunta comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS; conforme al contenido del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad. Se acuerda la contin.....