En fecha veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintidós (2022), este Juzgado de Sustanciación dicto auto a los fines de dar respuesta al escrito de fecha 28 de julio de 2022 presentado por la abogada Noemí del Valle Andrade, inscrita en el IPSA Nº 65.215, apoderada de la parte demandante, mediante la cual solicitó revocar el pronunciamiento emitido en la decisión de fecha 6 de julio de 2022 por este Juzgado, sólo en lo que respecta a la inadmisibilidad de la prueba de exhibición, de no ser procedente tal solicitud formalmente ejerció el respectivo recurso de apelación. En consecuencia este Juzgado DECLARO IMPROCEDENTE la solicitud de revocatoria y oyó el recurso de apelación en un solo efecto. ACORDÓ abrir cuaderno separado para tramitar la apelación y ORDENÓ remitir al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital a los fines legales.