Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Julio Cesar Rangel Mendoza, actuando en representación del Municipio Jiménez del Estado Lara, contra la sentencia dictada en fecha 20 de junio de 2007 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO SILVA LINARES, identificado con la cédula de identidad Nº 7.451.337, asistido por el abogado Juan Carlos Torrealba Escalona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 44.701, contra el referido Municipio. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. FIRME el fallo apelado.