Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento formulado en la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el abogado Burt Steed Hevia Ortiz, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ELCA COSMÉTICOS, S.A., antes identificada, contra el acto administrativo de fecha 20 de enero de 2015 y notificado el 26 de enero de 2015, dictado por el CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS), a través del cual en virtud del recurso de reconsideración ejercido, ratificó el acto administrativo de fecha 18 de noviembre de 2014, mediante el cual se impuso sanción a la referida empresa con multa de tres mil sesenta unidades tributarias (3.060 U.T.), por el supuesto incumplimiento de los artículos 28, 31, 32, 35 y 72.