DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, las apelaciones ejercidas en fecha 13/08/2.014, por el abogado José Samir Abouras Totúa, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, sociedad mercantil Reciclajes Industriales del Metal, C.A. y por el abogado Francisco Javier Unda Rodríguez, en su carácter de apoderado del codemandado, ciudadano Italo Vicente Egidi Delgado, en contra de la sentencia dictada en fecha 11/08/2.014, por el Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda interpuesta en fecha 08/04/2.014 por el abogado Nicolás Humberto Varel.....