La Corte declaró Que es COMPETENTE para conocer de la demanda interpuesta y ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines de que se pronuncie sobre los requisitos de admisibilidad de la demanda interpuesta, con excepción al relativo a la competencia, el cual ya fue revisado por este Órgano Jurisdiccional. 05