Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas, Adolescentes, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 14 de Enero de 2019, mediante escrito presentado por el Abogado JOSE ANGEL MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 26.821, actuando en su propio nombre.