DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano ROBERT EDUARDO POLANCO REGALADO, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 12/11/1990, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Maryelis Polanco (v) y de Padre Desconocido, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.192.349 y residenciado en: barrio Santa Eduviges, sector El Plan, calle Las Flores, casa Nº 10, parroquia Urimare, estado Vargas, por el tiempo de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES, CATORCE (14) DÍAS, CON DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 15-06-2012, en concordancia con lo establecid.....