Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por los solicitantes ciudadanos: WILFREDO ALEXANDER PEREZ ALMEIDA y INGRID YANETTE LOPEZ ORTEGA, ampliamente identificados, esté Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías y sus mejoras, consistente en la fabricación y construcción de una casa de DOS (02) PLANTAS, la cual se encuentra ubicada en el Barrio Santa Ana, parte media y baja, casa S/N, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, a favor de los ciudadanos antes mencionados, dejando a salvo el derecho de terceros. Y cumplida como ha sido, devuélvase original con sus resultas al solicitante y déjese copia para el Archivo del Tribunal, todo ello de conformidad con lo establecido en e.....