Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARITZA JOSEFINA PINTO HENRIQUEZ, WILLIAM JOSE FUENTES PINTO y PABLO MIGUEL FUENTES PINTO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.570.064, V-20.559.199 y V-20.559.200, respectivamente; respecto al De-Cujus WILLIAM JOSE FUENTES JIMENEZ, ex titular de la identidad N° V-4.121.335, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.