DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal, habiendo garantizado los derechos constitucionales y legales del adolescenteCUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos, 58 y 80 Código orgánico Procesal penal aplicado supletoriamente de conformidad a lo establecido en el articulo 537 de de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA librar la boleta de libertad al adolescenteCUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY, antes identificado, quedando bajo la responsabilidad y cuido del represéntate legal quien se compromete de presentar al adolescente en forma inmediata ante el juez natural, se acuerda oficiar y remitir las actuaciones al Tribunal Primero de Primera Instancia Penal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a los efectos de que éste como su.....