Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano Joel Antonio Estrada, quién es venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.882.988, nacido en fecha 01-10-1978, de profesión u Oficio sin Oficio, hijo de Juan Rodríguez y Rosa Estrada, residenciado en el Pilar, calle La República, Sector la Escalera, casa Sin Nº, cerca de la Bodega del Señor Juan, Municipio Benítez del estado Sucre, consistente en un régimen de presentación cada Treinta (30) días, por ante la Prefectura Del Pilar Municipio Benítez, por un lapso de Seis (06) meses, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de ULTRAJE AL PUDOR, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 381 del Código Penal Venezolano, en perjuici.....