En consecuencia, de conformidad al artículo 185-A del Código Civil, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos ELIASIB ENAIS ESCORCHA VARGAS y VERIOSKA VANESSA TORREALBA TORRES, en fecha Veintiocho (28) de Enero del 2004, por ante el Registro Civil del Municipio Páez, según consta en acta de Matrimonio, inserta bajo el Nº 08.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua a los Veinticuatro (24) día del mes de Enero del Dos Mil Veinte (2020).
Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO
La Secretaria Accidental
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