En consecuencia ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA LIBERTAD, de las establecidas en el artículo 256 ordinal 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano ELIAS REFAEL SOTILLED BARRETO, plenamente identificado al inicio de la presente acta, por lo que deberá presentarse cada Quince (15) días ante la sede de este Tribunal a firmar el libro de presentaciones, y la obligación de presentar dos (02) fiadores que devenguen salario mínimo, así como presentar constancias de trabajo, de buena conducta y de residencia, todo ello por no estar llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Vistas las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se produjeron los hechos objeto del proceso y d.....