En consecuencia, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda, Decretarle los ciudadanos JOSE GREGORIO MORALES, Titular de la cédula de identidad número V.- 11.765.758, nacido el 07-02-1971, de 34 años de edad, de oficio obrero, soltero, domiciliado en Calle Progreso, casa número 10, Barrio Andrés Eloy Blanco; hijo (a) de Blanca Marina Morales y Luis Salvador Martínez Rosa y RONNY ALBERTO PEROZO ACOSTA, Titular de la cédula de identidad número V.- 11.769.067, nacido el 19-12-1971, de 34 años de edad, de oficio: obrero, estado civil: casado, domiciliado en Calle progreso, casa número 4, Barrio Andrés Eloy Blanco, de la nueva para abajo, hijo de Daisy Marilis Acosta y Francisco Alberto Perozo, la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal.....