Por todos los motivos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 03, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA VICTIMA de la ciudadana TERESA DE JESUS TERAN, venezolana, de 58 años de edad, soltera, secretaria, titular de la cedula de identidad Nro V-4.201.484, domiciliada en la Urbanización el Barrio Las Tejas, Avenida 01 entre Calles 06 y 07, Casa Nro. 6-65, a pocos metros del Restaurante El Enano, Turen, Municipio Villa Bruzual, conforme a lo establecido en los artículos 30 último aparte y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 120.3, del Código Orgánico Procesal Penal, y 81 al 86 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; ordenándose al centro de coordinación policial general José Antonio Páez Municipio Páez del Estado Portuguesa, el resguardo y protección de la solicitante, así como de la integridad de su familia. Se les ordena la vigilancia y pat.....