Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02 de Noviembre de 2020, al momento de celebrarse el acto de audiencia preliminar, donde se condena al ciudadano NAYGIOVAR ARTURO GUZMAN MOGOLLON, titular de la cédula de identidad Nº V-22.280.522, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto sancionado en el artículos 415 del Código Penal, y a su vez se le impuso las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, contempladas en el artículo 242 numerales 3 y 9 Código Orgánico .....