este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Con Lugar la Solicitud Fiscal y en consecuencia se DECRETA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD , de conformidad al articulo 236,237,238 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano imputado: LUIS FERNANDO MORILLO VENEZ Venezolano, 56 años de edad, titular de la cedula de identidad 7.574.469, fecha de nacimiento, 28/09/1960, soltero, de profesión u oficio obrero en refrigeración, residenciado en Yaracal, Barrio la sorpresa, casa S/N, Municipio Caciques Manaure, Estado Falcón, por la presunta comisión del Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano y el delito USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 114 de la Ley para el desarme y control de Armas y Municiones, en .....