DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente: xxxxxxxxxxxxxx por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 primer aparte ambos del Código Penal Vigente y LESIONES GENÉRICAS, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas xxxxxxxxxxx; de conformidad con el artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentarse cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y se le prohíbe comunicarse con las víctimas y sus familiares. Se otorga la libe.....