Por las razones antes expuestas este Tribunal actuando en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD al adolescente XXXXXXXX, de 17 años de edad, nacido el 25-11-1987, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXX, titular de la Cédula de Identidad Nº XXXXXXXXX, domiciliado en XXXXXXXXXXXXXXX, a quien se le inició averiguación por su presunta participación en unos los delitos Contra La Colectividad de los contemplados en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, bajo medidas cautelares de las contenidas en el Art. 582 literales "C" y "D" de la ley especial que regula la materia, consistente en presentaciones periódicas cada 15 días, por ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial penal y no salir de la jurisdicción del Estado Sucre sin previa autorización de este tribunal. Líbrese boleta de libertad a favor del adolescente. Igualmente se acuerda la realización de la prueba anticipada de la sustancia incautada la cual se fijará opor.....