La Corte declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la decisión que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional y, CONFIRMA la decisión apelada con la reforma indicada en la motiva del fallo. Se REABRE EL LAPSO de tres (03) meses con que contaba la accionante para la interposición de la querella funcionarial, a tenor de lo previsto en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual deberá comenzar a computarse después de la última de las notificaciones que conste en autos. 01