Se dictó Decisión mediante la cual esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo se declaró: COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por las abogadas Jenny Elizabeth Jorge Villamizar y Edynel Leannys Gamboa Gándara, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la soc. merc. PUNTOPLAS, C.A., contra la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), hoy CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), contra las sanciones administrativas contenidas en la notificación emitida por la referida comisión en fecha 29 de julio de 2015; INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo estipulado en numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.