Decisión
En virtud de lo antes expresado este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: PRIMERO: declara en flagrancia la aprehensión del ciudadano EDISSON GARRIDO, por estar llenos los extremos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44.1 de la Constitución Nacional. SEGUNDO: en cuanto a la solicitud realizada por la Defensa Técnica, este Tribunal declara con lugar la solicitud la imposición de una medida de seguridad social, conforme a los artículos 130, 131, 132, 133 y 134 de la Ley Orgánica de Drogas, a favor del imputado EDISSON GARRIDO, plenamente identificado en autos, consistente en tratamiento de cura y desintoxicación por el lapso de UN (01) AÑO, por ante la Fundación José Félix Rivas, ubicado en la Ciudad de Mérida, detrás del Batallón Justo Briceño. Ofíc.....