Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCIITO JUDICLAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO fue incoada por la ciudadana NADIA CHACCAL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.978.290, de este domicilio, abogada en ejercicio inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 52.422, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN ARMINDA GOMEZ DE RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 532.469, representación que consta de instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Tercera de Puerto Ordaz, San Félix, en fecha nueve (09) de Diciembre de Dos Mil Dos (2002), contra la ciudadana NUNCIA BAUTISTA LOPEZ FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.804.799, de este domicilio. --.....