Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del ciudadano como LUIS FERNANDO MACIAS, Colombiano, nacionalizado venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 24.635.425, de profesión u oficio conductor, de 43 años de edad, nacido en fecha 17-01-1965, hijo de Rocio de Jesús macias y Luis Humberto Cardona, domiciliado en la calle El Recreo, edificio Rivera, piso 03, apartamento 34, Sabana Grande Caracas, consistente en presentaciones cada 30 dias por un lapso de 6 meses ante el Palacio de Justicia de la Ciudad de Caracas. Prohibición de fomentar ningún tipo de problema ni maltratos en contra de la victima, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISICA, previsto y .....