Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la consulta obligatoria de acuerdo a lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
.SEGUNDO: SE REVOCA; la decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta Circunscripción Judicial en fecha cinco (05) de Abril de dos mil diecinueve (2019). Pero con diferente motiva.TERCERO: NADA ADEUDA la entidad de Trabajo INSTITUTO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (IAIM) al ciudadano YRMEN JOSÉ DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº. V- 3.688.037, por concepto de Diferencias de los Salarios Caídos, las prestaciones Sociales y los Beneficios Contract.....