Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado: Jorgian Rafael González Rodríguez venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.833.543, de profesión u oficio Vigilante, de años 26 de edad, nacido en fecha 01-01-83, hijo de Jorgian Gonzalez y Marlenis Rodríguez, y domiciliado en la Calle Anzoátegui, N° 18, Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. En consecuencia, debe presentarse el referido, cada q.....