este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Circuito Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para el conocimiento del presente asunto y, por consiguiente DECLINA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA a un Tribunal de Primera Instancia del Circuito Civil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, que corresponda por los tramites de la distribución; a los fines de conocer la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano MANUEL ARMANDO OCANDO CORRO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de Identidad Nro. V- 20.782.221. Remítase el expediente con oficio en su oportunidad legal, a la unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de esta Circunscripción Judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión en .....