Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados WILMEN ANDERSON BERRA GARCÌA, venezolano, natural de el Carúpano, de 19 años de edad, nacido en fecha: 01/03/1993, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 23.945.322, profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Wilfredo Agustín Berra y Maili Coromoto García, residenciado en: Final de Calle Bolívar, Casa S/N, Al Lado del Liceo Tavera Acosta, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, JOSÈ EDGARDO VILLASANA POSTERARO, venezolano, natural de el Carúpano, de 31 años de edad, nacido en fecha: 29/09/1981, de estado civil Casado, titular de la cédula de identidad Nº 15.467.480, profesión u ofici.....