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Decisiones del dia 28/02/2013 |
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N° Expediente :
AP42-G-2012-000022
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N° Sentencia :
2013-0048
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Fecha: 28/02/2013 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares |
Partes: FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE) CONTRA SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A. |
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por los apoderados judiciales de la Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas (FEDE), de la siguiente manera: En cuanto al mérito favorable de los documentos indicados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6, del escrito presentado, las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, quedando a cargo del juez de mérito la apreciación y valoración de dichos instrumentos, en base a los principios previstos en el art. 509 del CPC, al momento de dictar sentencia de fondo y, por cuanto dichas documentales reposan en el exp., manténganse en el mismo.
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Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
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Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente :
AP42-G-2012-000022
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N° Sentencia :
2013-0049
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Fecha: 28/02/2013 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE) CONTRA SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A. |
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil Seguros Canarias de Venezuela, C.A., de la siguiente manera; En cuanto a la confesión del Cap. I, se declara inadmisible; En cuanto a las documentales promividas en el Cap. II, del escrito presentado, las cuales se contraen a reproducir el valor probatorio de los documentos allí indicados, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, quedando a cargo del juez de mérito la apreciación y valoración de dichos instrumentos, en base a los principios previstos en el art. 509 del CPC, al momento de dictar sentencia de fondo y, por cuanto dichas documentales reposan en el exp., manténganse en el mismo.
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Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
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Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente :
AP42-G-2012-000447
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N° Sentencia :
2013-0059
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Fecha: 28/02/2013 |
Procedimiento: Demanda De Nulidad |
Partes: ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A. CONTRA LA COMISION DE ADMINISTRACION DE DIVISAS. |
Resumen:
Mediante la cual este Juzgado se pronunció acerca de la admisibilidad de la demanda de nulidad interpuesta por los abogados Gustavo Grau Fortoul, Miguel Mónaco y Carlos Gustavo Briceño, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 35.522, 58.461 y 107.967, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A, domiciliada en la ciudad de Caracas, constituida originalmente bajo la denominación comercial C.A. PRO-MESA, mediante documento inscrito el 14 de mayo de 1964 por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, el cual quedó anotado bajo el N° 127, Tomo 10-A-Pro, contra la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) Nº 2224124, liquidada en fecha 13 de abril de 2011, por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), únicamente con respecto a la tasa de cambio aplicada a dicha operación.
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Juez/Ponente:
Belen Serpa
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Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Primera
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