La Corte se declaró COMPETENTE para conocer el recurso de hecho ejercido; declara CON LUGAR el recurso de hecho; REVOCA el auto dictado el 8 de febrero de 2007, por el referido Juzgado Superior, que negó la apelación ejercida por la parte querellada, y ORDENA al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, remita de inmediato a esta Corte el expediente al cual se refiere la decisión del recurso de hecho, a los fines que este Órgano Jurisdiccional conozca la apelación interpuesta. 02