SE DECLARÓ LO SIGUIENTE: PRIMERO: DECLARA: CON LUGAR la acción por motivo de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL POR FALTA DE PAGO, instaurada por el ciudadano AMBROSIO PADRON QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.990.517, contra el ciudadano CARMELO LOPARDO MANCUSI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.441.032. SEGUNDO: SE ORDENA la entrega del inmueble constituido por un (1) local comercial, ubicado en la Calle Alferería, Week-end, Parroquia Urimare, al lado de Hidrocapital, del Municipio Vargas del Estado Vargas. TERCERO: SE ORDENA: A pagar la cantidad de Bs. 200.000,oo a razón de Bs. 20.000,00 bolívares mensuales por vía de daños y perjuicios de los cánones de arrendamiento desde el mes de febrero de 2016, hasta el mes de NOVIEMBRE de 2016, y los que se sigan venciendo hasta el total y definitiva terminación del presente proceso. CUARTO: SE ORDENA realizar una experticia complementaria al presente fallo, que será v.....