DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
UNICO: Se ordena oficiar a la Zona Policial N° 2, a los fines de que informe a este Tribunal a la brevedad posible, si en la actualidad la ciudadana FRANCIS JOSEFINA ESPINOZA ESPINOZA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 13.516.941, permanece en dicho reten policial y en caso de ser afirmativo, proceder con las seguridades del caso; al traslado inmediato de la misma hasta el Internado Judicial de la ciudad de Coro, toda vez que así fue ordenando al momento de celebrarse la audiencia oral de presentación de imputados, de conformidad con lo establecido en el articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Notifíquese de la presente decisión. Cúmplase.