Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara Primero: CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185, y de la sentencia de fecha 30/03/2017, Nº 1070, presentada por el (la) ciudadano (a): CARLOS EDUARDO JIMENEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V- 21.666.860, domiciliado en esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, asistido en este acto por el abogado: MARCOS TULIO JIMENEZ LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. .....