En el el escrito contentivo de la demanda de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el abogado Roberto Antonio Lara Guédez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.703, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ISMAEL ALFARO ROLÓN, titular de la cédula de identidad N° V-9.541.568, en su condición de accionista de la sociedad mercantil ASU SALUD ADMINISTRATIVA 24 C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, bajo el número 14, tomo 9-A SD, en fecha 18 de enero de 2017, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el número J-409118258; contra la providencia N° SAA-2-1-424-2021, de fecha 10 de febrero de 2021, emanada por la SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA (SUDEASEG), mediante la cual revocó la autorización para actuar como intermediario de seguros, autorizado bajo el N° CS-5452. , este Juzgado HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE .....