DECLARA de conformidad con lo previsto en los artículos 937 y 770 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 822 y 823 del Código Civil, bastantes y suficientes todas las diligencias realizadas por el ciudadano GERVYC KEVER RATTIA ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.851.328, de este domicilio, para acreditarle a él, así como a los ciudadanos VICENTA DEL CARMEN ZERPA DE RATTIA, GELER COROMOTO RATTIA ZERPA, GERLY NAIR RATTIA ZERPA y GEVER ANZER RATTIA ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-4.606.558, V-16.753.753, V-13.556.215 y V-11.851.329, respectivamente, el TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PABLO GERMAN RATTIA OLIVERO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.348.421, fallecido ab-intestato el día 05 de febrero del año 2.019, según consta del acta de defunción 06, levantada en fecha 06/02/2019, ante la oficina de Registro Civ.....