DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3° Y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad al ciudadano, JOHAN MANUEL HIDALGO MEDINA, venezolano, de 32 años de edad, alfabeto, soltero, conductor, titular de la cédula de identidad Nro. 13.108.442, nacido en fecha 17-10-73, natural y residenciado en esta ciudad sector Creolandia, calle 4, de febrero, casa sin número de esta ciudad, consistente dichas medidas en la obligación de presentarse por ante la sede de este Tribunal cada quince (15) días y la prohibición de portar armas de fuego, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Cód.....