Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO a favor de los ciudadanos RUDY SANGRONIS MARQUEZ, venezolano, cédula V- 13.901.455, oficio chofer, soltero, residenciado en el Kilómetro 7, Sector la Candelaria, Calle 02, principal, Casa 07 Coro Falcón, teléfono: 0412-526-6554 y MARIA ISABEL GUTIERREZ, venezolana, cédula: v11.477.805, oficio del hogar, soltera, residenciada en el Kilómetro 7, Sector la Candelaria, Calle 02, principal, Casa 07 Coro Falcón, teléfono: 0412-526-6554, por el Delito de LESIONES PERSONALES, tipificado en el Código Penal, se declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el Articulo 111, Numeral 7°, en concordancia con el Articulo 300 Ordinal 1° del Decreto con Rango, Valor .....