La Corte declaró el ABANDONO DEL TRÁMITE y, en consecuencia, terminado el procedimiento, en la acción de amparo constitucional. Se ORDENA a los accionantes la cancelación de la una multa por la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5000) pagaderos a favor de la Tesorería Nacional de las oficinas del Banco Central de Venezuela. Los sancionados deberán acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente dentro de los cinco días siguientes de su notificación. Visto que en fecha 3 de octubre de 2002, la Corte declaró la procedencia de la acumulación de los procesos contenidos en los expedientes 02-1675, 02-1721 y 02-1753, declara la extensión y aplicación del presente dispositivo a los procedimientos contenidos en los expedientes Nros. 02-1721 y 02-1753. 01