Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la empresa C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A. (CVG EDELCA), contra las sociedades mercantiles CONSTRUCTORA AGUASAY, C.A., y PROSEGUROS, S.A. En consecuencia: 1.- Se CONDENÓ a la sociedad mercantil Constructora Aguasay, C.A. al pago de Bs. 312.146,00; 2.- CONDENÓ a la sociedad mercantil Proseguros, S.A., al pago de Bs. 823.407,00; 3.- ORDENÓ la indexación de las referidas cantidades de dinero, a partir del 3 de julio de 2007, hasta la fecha de la publicación del presente fallo, para lo cual se ordenó la realización de una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del C.P.C. 4.- IMPROCEDENTE el pago de los intereses moratorios solicitados. 5.- NO HAY condenatoria en costas para las partes demandadas. 6.- Se ordenó REMITIR copia certificada del presente fallo al Registro Nacional de Contratistas. Se ordenó notificar.