Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, del Asunto Penal, seguido a la adolescente: OMISSIS, por la presunta comisión del delito de ESTAFA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 462, del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana: YUDELINA DEL VALLE MORENO DE MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.882.942, residenciada en Guayacán de las Flores, calle 9, Sector 2, N° 332-40-64 Carúpano, Estado Sucre, por extinción de la acción penal, por PRESCRIPCIÓN, con fundamento en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318, numeral 3 (primer supuesto) y el artículo 48, numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, cuya aplicación se hace supletoriamente por remisión d.....