en el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de septiembre de 2007, por el apoderado judicial de la Electricidad de Caracas, contra la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2007, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual se declaró Improcedente la suspensión de efectos, solicitada por la ELECTRICIDAD DE CARACAS. C.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL, MUNICIPIO LIBERTADOR, este Juzgado declaró: 1. ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 14 de agosto de 2007, 2. La INCOMPETENCIA de la jurisdicción contencioso administrativa para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, 3. DECLINA la competencia en el Tribunal de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Laboral de la Región Capital que corresponda por distribución, 4. ORDENA la remisión del expediente .....