En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoara la ciudadana IRIS MAIGUALIDA MEZA URBINA, contra la ciudadana JUSTA RUIZ DE OJEDA (antes identificados), le corresponde al Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en la ciudad de Valencia. Así se establece. SEGUNDO: Resuelto el recurso de REGULACIÓN DE COMPETENCIA interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, YIMY OROPEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.124, en consecuencia, se CONFIRMA la Sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en .....