En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al ciudadanos JOSÉ IGNACIO TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.374.869, soltero, nacido en fecha 16-09-90, de 21 años de edad, natural de Carcasa Distrito Capital, de profesión u oficio obrero, hijo de Eva Josefina Tineo y Héctor Bulen y residenciado Pantoño, Sector el Guamache segunda Calle, como a cinco casas de la cuadra, casa s/n, una casa de color rosado una casa de gobierno con techo de albesto, Municipio Ribero, Estado Sucre teléfono 0294-4178161, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la .....